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Guía Informativa del Programa de Vivienda Social y Pública del Gobierno Nacional 2019

A continuación una guía informativa para facilitar la familiarización de la industria inmobiliaria y de la construcción con los procesos, beneficios, requisitos e insumos normativos referentes al Programa de Vivienda Social y Pública del Gobierno Nacional anunciado en el mes de Octubre del año 2018 y formalizado en recientes semanas.

Entre los principales elementos del programa se destacan:

  • Un sólido engranaje de Instituciones y expertos públicos nacionales y extranjeros que incluyen a las carteras responsables de Gobierno, al Banco Interamericano de Desarrollo, la Cooperación Francesa al Desarrollo y  varios bancos nacionales y fondos internacionales interesados en vivienda social.
  • Un ordenamiento jurídico en cascada que incluye un Decreto Presidencial, resoluciones de Junta de Regulación Monetaria y Financiera y varios Reglamentos Técnicos y Operativos expedidos como Acuerdos Ministeriales, lo que permite venido el momento resolver inhibidores normativos a nivel ministerial, manteniendo la estabilidad de una política dictada desde la más alta magistratura.
  • La priorización de sistemas de compensación o subsidio de tasa en crédito hipotecario como uno de los principales componentes del programa, lo que permite bajar cuotas mensuales que deben pagar los hogares por sus viviendas a la mitad. Este sistema tiene además una operatividad probada con participación del sistema financiero privado.
  • Una serie de normas técnicas tendientes a fortalecer la visión de urbanismo que propone el gobierno;  por la profundidad de los cambios en ellas contenidos, éstas requieren un periodo de transición que requiere ser aclarado.
  • Un Sector Inmobiliario y de Construcción de Vivienda protagonista de transferencias netas positivas de recursos en la economía.

Anuncio de la política

Modificación de rango para Vivienda de Interés Social (VIS): El 19 de octubre el MIDUVI anuncia “Para incentivar a los constructores a invertir en este programa, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda incrementó el precio de venta de este tipo de inmuebles a $ 70.000, así lo informó el titular de la cartera de Estado, Xavier Torres”.

Tope de precio con subsidio de tasa o Vivienda de Interés Público (VIP): El 19 de octubre el Ministro Martínez explicó “además que se creará el Fideicomiso Vivienda y Prosperidad, un mecanismo que permitirá viabilizar préstamos a través del sistema financiero con una tasa de interés del 4,99%. Esta alternativa permitirá financiar la adquisición de viviendas desde $ 70.000 hasta $ 90.000”.

El 19 de octubre el Presidente Moreno  fue también muy amplio al anunciar facilidades para compra de vivienda:

Base normativa

DECRETO 681-2019 – Reglamento para el Acceso a Subsidios e Incentivos del Programa de Vivienda de Interés Social y Público – Casa para Todos

Mediante Decreto Ejecutivo 681 publicado en Registro Oficial Suplemento 460 del 3 de abril de 2019 se publica el Reglamento para el Acceso a Subsidios e Incentivos del Programa de Vivienda de Interés Social y Público en el marco de la Intervención Emblemática “Casa para Todos”.

JPRMF 0108-2019 – Resolución reformatoria a la Norma para el financiamiento de Vivienda de Interés Social

El 6 de marzo de 2019 la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera remite el oficio No. JPRMF-0108-2019 que contiene la Resolución reformatoria a la “Norma para el financiamiento de vivienda de interés social e interés público con la participación del sector financiero público, privado, popular y solidario, y entidades del sector público no financiero”.

MIDUVI-003-19 – Reglamento para el Proceso de Calificación de Proyectos de Vivienda de Interés Social

Mediante Acuerdo Ministerial 003-19 del 26 de febrero de 2019 el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda expide el “Reglamento para el Proceso de Calificación de Proyectos de Vivienda de Interés Social”.

MIDUVI-004-19 – Reglamento para Validación de Tipologías y Planes Masa para Proyectos de Vivienda de Interés Social

Mediante Acuerdo Ministerial 004-19 del 26 de febrero de 2019 el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda expide el “Reglamento para Validación de Tipologías y Planes Masa para Proyectos de Vivienda de Interés Social”.

Guías

La presente sección contiene una Guía Informativa del Programa de Vivienda Social y Pública del Gobierno:

En base al Acuerdo Ministerial del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda MIDUVI-003-19 se elabora la Guía del Proceso de calificación para un proyecto de vivienda de interés social

En base al Decreto Ejecutivo 681 que contiene el “Reglamento para el Acceso a Subsidios e Incentivos del Programa de Vivienda de Interés Social y Público” y el Acuerdo del MIDUVI-004-19 que contiene el Reglamento para Validación de Tipologías y Planes Masa para Proyectos de Vivienda de Interés Social” se elabora una Guía sobre los beneficios y requisitos del programa por actor:

Beneficios al Hogar para las Viviendas de Interés Público

  • Viviendas entre $69.998 y $89.997 (de acuerdo al SBU).
  • El valor incluye las obras de urbanización del proyecto de vivienda y la prestación de servicios utilizados directamente en la construcción.
  • Se podrá construir en terrenos de propiedad del Estado o en los del promotor/constructor
  • Entidades financieras podrán otorgar créditos con plazos iguales o mayores a 20 años y tasa de interés máxima efectiva anual del 4,99%.
  • La cuota de entrada deberá ser de al menos el 5% del avalúo comercial del inmueble
  • Para acceder a estos créditos, los ingresos del solicitante no deberán exceder los USD 2 497 al mes.

Segmentación de las Viviendas de Interés Social

Primer Segmento:

  1. Unifamiliar en terreno propio del beneficiario dos dormitorios.- Vivienda de dos dormitorios en un área habitable mínima de 50m2.
  2. Unifamiliar en terreno propio del beneficiario tres dormitorios.- Vivienda de tres dormitorios en un área habitable mínima de 57m2.
  3. Unifamiliar en Terreno de propiedad del Estado o propiedad del promotor/constructor de tres dormitorios.- Vivienda de tres dormitorios en un área habitable mínima de 57m2.
  4. Multifamiliar en terreno de propiedad del Estado o propiedad del promotor/constructor de tres dormitorios.- Vivienda de tres dormitorios en un área habitable mínima de 57m2, entendida por un conjunto de departamentos que conforman una unidad multifamiliar, la misma que será construida en terreno de propiedad del Estado o privado.

Segundo Segmento:

  1. En modalidad de arrendamiento con opción a compra, el diseño de cada departamento, prevé la disposición de espacios desde tres dormitorios en un área habitable mínima de 57m2
  2. En modalidad de crédito hipotecario, el diseño de cada departamento prevé la disposición de espacios desde dos dormitorios en un área habitable mínima de 50m2; y/o desde tres dormitorios en un área habitable mínima de 57m2

Tercer Segmento:

  1. Unifamiliar en terrenos del Estado o propiedad del promotor/constructor.- Entendido como solución habitacional, vivienda aislada o adosada, que podrá ser construida en terrenos del Estado o privado. Su diseño prevé espacios desde dos dormitorio en un área habitable mínima de 57m2
  2. Multifamiliar en terrenos del Estado o propiedad del promotor/constructor.- Conjunto de departamentos podrán ser construidos en terrenos del Estado o privado. Su diseño prevé espacios desde dos dormitorios en un área habitable mínima de 57m2

Beneficios y requisitos al Hogar para las Viviendas de Interés Social

Primer Segmento:

  • Beneficio: Subsidio total del Estado: Pueden efectuarse en a) terreno de propiedad del beneficiario, b) en terreno propiedad del Estado, c) terreno de propiedad del promotor/constructor.
  • Requisito: No tener vivienda propia. Constar en el registro social y cumplir exigencias de elegibilidad.

Segundo Segmento:

  • Beneficio:
    • a.- Vivienda con modalidad de arrendamiento con opción a compra: Subsidio de $6000 iniciales en función del análisis socio económico.  El pago del arrendamiento mensual puede ser del 0%, del 25% o del 50% durante los ocho primeros años. Los siguientes siete años serán cancelados en su totalidad por el beneficiario.
    • b. Vivienda con modalidad de crédito hipotecario con subsidio inicial del Estado y tasa de interés preferencial. Subsidio inicial de $6000.  Debe registrarse la información relevante en el sistema informático interconectado (SIIDUVI).
  • Requisito: No tener vivienda propia. Análisis socio económico de cada caso determina porcentaje de subsidio

Tercer Segmento:

  • Beneficio: Viviendas de interés social con tasa de interés preferencial para el crédito hipotecario. El valor incluye las obras de urbanización del proyecto de vivienda. El plazo máximo del crédito hipotecario es de hasta 25 años.
  • Requisito: No tener vivienda propia

Beneficios al constructor/promotor en proyectos de Vivienda de Interés Social

  • Simplificación de trámites, en los casos que requiera la aprobación municipal para la construcción o edificación de VIS.
  • Los servicios de construcción de vivienda de interés social se encuentran gravados con tarifa 0% del IVA
  • Devolución del IVA para proyectos de construcción de VIS en un tiempo no mayor a noventa días

Glosario

Vivienda de interés social – VIS: La vivienda de interés social está destinada a los ciudadanos ecuatorianos en situación de pobreza y vulnerabilidad; así como, a los núcleos familiares de ingresos económicos bajos e ingresos económicos medios de acuerdo a los criterios de selección y requisitos aplicables, que presentan necesidad de vivienda propia, sin antecedentes de haber recibido anteriormente otro beneficio similar. El valor de la vivienda de interés social será de hasta los 70.000 (Decreto 681).

Tipos de subsidios e incentivos en proyectos VIS (Decreto 681):

  1. Subsidio total del Estado
  2. Subsidio Parcial del Estado
    1. Arriendo con opción a compra
    2. Crédito hipotecario con subsidio inicial del Estado y tasa de interés preferencial
  3. Crédito hipotecario con tasa de interés preferencial
  4. Incentivos en proyectos de vivienda de interés social
    1. Ampliaciones y adecuaciones de vivienda
    2. Obras de agua y saneamiento para terreno propio
    3. Titulación del terreno
    4. Situaciones de emergencia, casos de excepción, fortuitos o de fuerza mayor
    5. Incentivos para construcción de viviendas de pueblos y nacionalidades del Ecuador en terrenos comunitarios y/o asociativos, así como en el Régimen Especial Galápagos

Subsidio total del Estado (Decreto 681): Es una inversión social proveniente del Estado ecuatoriano a través del ente rector urbano y vivienda destinado a la construcción total y completa de una vivienda de interés social de primer segmento, por primera y única vez. Los beneficiarios de este subsidio, son los grupos poblacionales de las áreas urbanas y rurales, que cumplan los criterios de elegibilidad y priorización (pobreza y vulnerabilidad) establecidos por el ente rector de desarrollo urbano y vivienda.

Abreviaturas

VIS: Vivienda de Interés Social

VIP: Vivienda de Interés Público

GAD: Corresponde a los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales o metropolitanos correspondientes.

SRI: Servicio de Rentas Internas

MIDUVI: Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda

SERCOP: Servicio Nacional de Contratación Pública

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