- De acuerdo a las intervenciones, este cuerpo legal cuyo tratamiento inició el pasado 28 de diciembre, busca optimizar los procesos en este campo, para garantizar eficiencia técnica y económica y fomentar la actividad productiva. Según Calderón, se perfeccionarán los procedimientos de contratación, mejorarán los tiempos administrativos, se hará la operación de obras, con costos más bajos y sin afectar la transparencia.
- La norma contempla seis cambios, entre ellos, amplía la participación de las personas y organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, así como pequeñas y medianas empresas, consideradas como actores activos de la economía del país. Podrán participar de los concursos públicos de contratación pública. Además, la Contribución Especial de Mejoras se aplica al gobierno central y eso permite que el Estado recupere una parte de la revalorización que produzcan sus inversiones en obras públicas.
- Con el proyecto se extiende el uso de la contratación integral a precio fijo. Rige el valor resultante al multiplicar el coeficiente de 0,000007 del Presupuesto General del Estado, sin que se dejen de aplicar las modalidades de cotización y licitación. Antes, era del 0,1 o más. Esta variación mejorará técnica y económicamente las condiciones respecto a la modalidad de precios unitarios, con lo que se evitan distorsiones e incrementos de precio y plazo.
- Para fortalecer los estudios precontractuales mediante la reducción de los porcentajes para la realización de contratos complementarios, obra nueva y diferencia de cantidades, se reforzará la responsabilidad de los consultores y servidores públicos, que elaboran en esos estudios. Se determinará una sanción adicional, en caso que la información proporcionada por los oferentes en los procesos de contratación pública no sea verídica, a fin de disuadir el cometimiento de este tipo de conductas.
- Debido a que el pago por concepto de obras y servicios que contrata el Estado puede demorar, se permitirá que los derechos de cobros aceptados para el pago se negocien en el mercado de valores, para ello se establece una excepción a la prohibición de cesión de los derechos y obligaciones emanadas en los contratos.
- Las expropiaciones se aplicarán con una sola norma, en la que se respeta el precio justo, seguridad jurídica y se garantiza un proceso homologado.
- El texto fue enviado a la Presidencia de la República para su pronunciamiento.
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- Fecha de creación marzo 20, 2017
El 11 de enero de 2017, mediante la sesión del Pleno de la Asamblea Nacional No. 428, se aprobó con 75 votos a favor , el proyecto de Ley para la Eficiencia en la Contratación Pública, que según el presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos y Descentralización, Richard Calderón, servirá para transparentar los procesos de administración pública.
El 8 de febrero de 2017 el Presidente de la República Rafael Correa, envió a la Asamblea Nacional la objeción parcial al proyecto de Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública.
El 13 de marzo de 2017, mediante la Sesión 438 del Pleno de la Asamblea Nacional se tramitó la objeción parcial al Proyecto de Ley, el mismo que fue aprobado y enviado para su publicación en el Registro Oficial.
El lunes 20 de marzo de 2017, fue publicada mediante Registro Oficial 966 la Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública.