Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Ingenios)


Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Ingenios)

El Pleno de la Asamblea aprobó en Segundo Debate, el 11 de octubre de 2016, con 88 votos el proyecto de Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Ingenios).

En el documento se incorporan los consensos alcanzados en la consulta pre-legislativa, aportes, recomendaciones y propuestas planteadas por los organismos e instituciones públicas y privadas, organizaciones sociales y la ciudadanía en general.

Cambios:

  • El presidente de la Comisión de Educación, Raúl Abad, tras explicar las observaciones recogidas e incorporadas en el proyecto, dijo que el debate ha sido largo y extenso, durante casi dos años.
  • En el libro I se incorporaron observaciones relacionadas con los deberes y atribuciones de la entidad rectora del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología Innovación y Saberes Ancestrales; la Autoridad Nacional Competente en materia de derechos intelectuales; las atribuciones de las entidades encargadas de la gestión de la propiedad intelectual y de la protección de los conocimientos tradicionales.
  • También de las entidades de investigación científica; las academias de ciencia; el espacio nacional de ética en la investigación científica; los espacios para el desarrollo, el conocimiento, del ecosistema, de la innovación, de los parques científicos y tecnológicos; de los centros de transferencias de la tecnología; la entrega de información de la entidad rectora del sistema; los parámetros para la acreditación de las y los investigadores científicos; el crédito educativo; las ayudas económicas; la certificación de cualificaciones profesionales y el acceso a internet.
  • En el Libro II se recogieron observaciones en torno a los registros de los actores relacionados con la investigación; los permisos para realizar actividades de investigación científica; carrera de investigación científica; parámetros para la acreditación de los investigadores científicos; propiedad de los bienes adquiridos a través del financiamiento de la investigación; emprendimientos innovadores; incubación de emprendimientos innovadores; acreditación de las entidades que participan en el proceso de innovación social; régimen de licencias; comisiones de servicio y permisos; fondos destinados a apoyar la investigación.
  • En el Libro III obras derivadas; derechos exclusivos del autor; derechos de remuneración equitativa; medidas tecnológicas de protección; las limitaciones y excepciones de los derecho autor; derechos exclusivos de artistas, intérpretes, ejecutantes, productores, fonogramas, organismos de radiodifusión; acceso a la mediación; beneficios de la investigación y regalías realizadas en centros educativos y de investigación, entre otras.

El 11 de noviembre de 2016, fue remitido a la Asamblea Nacional la Objeción Parcial del Presidente de la República.

El 29 de noviembre de 2016, con 79 votos a favor, el Pleno se allanó a la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Ingenios). Las observaciones, según los miembros de la Comisión de Educación de la Asamblea Nacional, amplían derechos y mejoran condiciones.

  • Dentro de los artículos observados se habla de los instrumentos para el fomento de la innovación como los parques tecnológicos e industriales, en donde se señala que se podrán hacer en alianzas público privadas. Además se incluye a las instituciones de educación superior como beneficiarios de ciertos rubros y actividades en lo que tiene que ver con el sistema de educación, cultura, ciencia y tecnología, que al final le otorga un rol protagónico a la Academia.

Por último, mediante el Registro Oficial No. 899 publicado el 9 de diciembre de 2016, entra en vigencia el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Ingenios).


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